Orden de 29 de diciembre de 2021, por la que se realiza la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura 2022
El Premio Andalucía de Arquitectura ha sido instituido por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio con la finalidad de significar la excelencia de las mejores obras, trabajos y acciones en el ámbito de la arquitectura, así como de destacar la labor continuada de aquellos profesionales, asociaciones o instituciones que se han puesto al servicio de la misma.
Los Premios Andalucía de Arquitectura, conforme a la Orden de 21 de mayo de 2021, se convocan en las siguientes MODALIDADES:
a) Premio Especial a la Trayectoria Profesional Consolidada.
Se premiará la trayectoria profesional de un/a arquitecto/a o equipo de arquitectos/as de significado trascendente en el panorama arquitectónico andaluz que cuenten con al menos diez años de experiencia profesional.
b) Premio Especial a la Trayectoria Profesional Emergente.
Se otorgará este premio a la actividad profesional de arquitectos/as o equipo de arquitectos/as que concurran con el requisito de edad con un máximo de 40 años cumplidos.
c) Modalidad Arquitectura de Nueva Planta.
Se premiarán todo tipo de intervenciones arquitectónicas de obra nueva, independientemente de su escala y tipología.
d) Modalidad Arquitectura de Conservación, Rehabilitación y Puesta en Valor del Patrimonio Edificado.
Se premiarán todo tipo de actuaciones arquitectónicas que hayan intervenido en preexistencias, recuperando y poniendo en valor edificios de interés arquitectónico, histórico, cultural y social.
e) Modalidad Construcción e Innovación.
Se reconocerá el esfuerzo y talento de empresas y profesionales de los diferentes sectores de la construcción, que con su actividad hacen que el resultado de su trabajo destaque de forma significativa dentro de su área de especialidad, así como la excelencia en la construcción de la obra arquitectónica y el empleo de tecnologías y prácticas innovadoras, incluyéndose las áreas de Arquitectura, Ingeniería, Constructores, Promotores Inmobiliarios y Consultorías. Por ello, deben representar algo diferenciador que refleje aspectos como una lógica de trabajo propia, la relevancia económico-social para la región, el respeto por el patrimonio, la sostenibilidad y la eficiencia energética, entre otros.
Además, se podrán otorgar menciones especiales, sin dotación económica, a los trabajos que no obtengan premio, de acuerdo con los criterios recogidos en el artículo 8 de las bases reguladoras.
Secretaría General de Vivienda de la Conserjeria de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía
Empresas, Asociaciones y organizaciones, Administraciones y Ciudadanía
De conformidad con el art. 4 de la Orden de 21 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura, podrán optar a los premios todas las personas físicas y personas jurídicas públicas o privadas, ya sea en ambos casos, individualmente o en equipos de trabajo, propietarias de los trabajos y/o actividades, o bien debidamente autorizadas, que contribuyan a la consecución de los objetivos previstos en el artículo 1. Además, deberán cumplir los requisitos exigidos en cada una de las modalidades a las que opten recogidos en el artículo 3 de estas bases.
No podrán presentarse a los premios:
a) Aquellas personas que presten sus servicios como empleados públicos en la Secretaría General de Vivienda.
b) Aquellas personas jurídicas cuyos fines, sistemas de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios a los principios de igualdad entre mujeres y hombres.
El plazo para la presentación de los trabajos o candidaturas será desde las 00:00 horas del 1 de febrero de 2022 hasta las 23:59 horas del 1 de marzo de 2022.