El Consejo Andaluz de Arquitectos exige que se cumpla la Ley de Calidad de la Arquitectura y se aplique a toda legislación sobre contratación pública

El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos (CACOA) lamenta que “son pocos los proyectos públicos contratados donde se primen verdaderos criterios de calidad”

La Ley estatal de la Calidad de la Arquitectura entró en vigor el 15 de junio y se reclama “una exigencia estricta, sin admitir bajas económicas que premien la menor dedicación”

El lema del Día Mundial de la Arquitectura 2022 ha sido el de ‘Diseño para la salud’ y para ello es “imprescindible que este diseño arquitectónico se base en la calidad”

Sevilla. 7 de octubre de 2022. El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos (CACOA) defenderá una batería de alegaciones jurídicas ante las administraciones centrales y autonómicas para exigir el cumplimiento de la Ley de Calidad de la Arquitectura (BOE nº142, 15 junio de 2022) que pone de relieve la dimensión pública esencial y la utilidad social de la arquitectura como un bien de Interés General.

Los arquitectos de Andalucía reclaman que “se observe este aspecto clave, así como el reconocimiento en el Parlamento Andaluz el pasado 6 de abril de la Arquitectura como Bien de Interés General, para exigir la defensa de la calidad de la arquitectura en toda la legislación sobre contratación pública”, señala la presidente del Consejo, Noemí Sanchís, añadiendo que “estimamos que una minoría de los concursos y proyectos públicos contratados priman verdaderos criterios de calidad a los que obliga la Ley en cualquier tipo de contratación por cualquier Administración”.

La presidente del CACOA aclara que las Administraciones públicas tienen “la obligación de interpretar dicha Ley siempre en beneficio de la calidad arquitectónica de los proyectos, sin realizar interpretaciones que minoren las exigencias en materia de calidad de las propuestas que tienen que contratarse, sin admitir bajas económicas que premien la menor dedicación, y primando la calidad”. Esto se debe a que la nueva Ley de Calidad de la Arquitectura consagra que “la creación arquitectónica, la calidad de las construcciones, su inserción armoniosa en el entorno, el respeto de los paisajes naturales y urbanos, así como del patrimonio colectivo y privado, revisten un interés público”.

Por tanto, y en cumplimiento de dicha Ley, los arquitectos de Andalucía reclaman:

a)La inserción obligada  del principio de calidad de la arquitectura en la contratación pública;

b) Mejoras de la regulación del concurso de proyectos, dado que la Ley de Contratos del Sector Público contiene el concepto de “especial complejidad” en lo referido a proyectos arquitectónicos, como un supuesto que requiere primar al 100% la calidad de la propuesta y

c) Facilitar la contratación conjunta del proyecto y la dirección de la obra.

Además, desde el Consejo Andaluz se destaca que esta aplicación de la Ley de la Calidad de la Arquitectura ya se está produciendo en algunos Tribunales Jurisdiccionales, que han sentenciado que en las licitaciones “deben prevalecer los verdaderos criterios de calidad frente al precio, suponiendo al menos el 51% de la puntuación total asignable en la valoración de las ofertas”.

REDUCIR PLAZOS Y PRECIO NO ES CALIDAD

Así, y por el bien de la obra pública construida en Andalucía, el CACOA considera “improcedente y contrario a derecho” que la reducción de los plazos de ejecución de los contratos de servicios de arquitectura cuente como un criterio de calidad, dado que no mejora el trabajo intelectual, ni se encuentra en el listado del art. 145 de la Ley de Contratación de Servicios Públicos: “La calidad, incluido el valor técnico, las características estéticas y funcionales, la accesibilidad, el diseño universal o diseño para todas las personas usuarias, características sociales, medioambientales e innovadoras y la comercialización y sus condiciones”.

Asimismo, desde el Consejo Andaluz, que representa a los ocho colegios provinciales de arquitectos que celebraron este 2022 su XXI aniversario, reclaman que “el precio no debería superar el 25% de la ponderación de las ofertas, pues deben competir únicamente en función de criterios de calidad y establecerse mecanismos objetivos que permitan identificar ofertas anormalmente bajas”.

Estas demandas se encuentras íntegramente alineadas con las Directivas Europeas, como la 2014/24/EU, donde, referido a la contratación pública “no aparece el precio cómo elemento esencial”, por lo que “debemos cambiar la costumbre de querer hacer más por menos", destaca la presidente del Consejo, Noemí Sanchis, recordando que “también los Informes de la Comisión Europea piden que se apliquen mejores prácticas de contratación pública en los que se prime la calidad”.

El lema de este año del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) es el de ‘Diseño para la salud’, señalando que “la buena arquitectura protege, desarrolla y restaura la salud medioambiental, humana y animal y refuerza la conexión entre el entorno construido y el medio natural”, por ello, desde el Consejo Andaluz se asegura que “no se puede alcanzar esa salud si no está basada en la calidad”.

Por todo esto, se solicita que las Mesas de Contratación deberían “considerar el requerir informes a los colegios de arquitectos si necesitan valoración de determinados aspectos arquitectónicos, y que los Comités de Expertos, cuando se constituyan, se dirijan al colegio oficial respectivo para encomendarle la valoración”. Igualmente, se lamenta que el criterio de solvencia exigido en los contratos “no puede ser una barrera que impida el acceso a las licitaciones o suponga un factor excluyente o discriminatorio de licitadores”.

OFICINAS DE SUPERVISIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES

De forma complementaria a lo anterior, desde el CACOA recuerdan que el art. 4 del RD 1.000/2010 de 5 agosto que excepciona el visado obligatorio mediante Oficinas de Supervisión, “requiere que estas deben estar adecuadamente conformadas, cosa que no sucede, y por ello no pueden suplir adecuadamente, en ese caso, funciones propias del visado colegial obligatorio”.

El Consejo Andaluz, como interlocutor ante la administración autonómica, considera que no debe bastar que las Administraciones públicas se dirijan a los registros colegiales, sino que “tendrán que establecer los mecanismos adecuados de cooperación administrativa entre dichas Administraciones y los Colegios Profesionales en orden a comprobar aspectos como la identidad y la habilitación profesional, redundando así, una vez más, en la garantía de calidad y el buen fin de la obra y los proyectos”.

14/10/2022
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