Real Decreto que aprueba el CTE


Ministerio de Vivienda.

A la espera de la fe de erratas y algún error que se aprecia en el DB correspondiente a Madera , a continuación se recoge el texto del Código Técnico de la Edificación aprobado en Consejo de Ministros el día 17 de marzo de 2006.

DESCARGAR CÓDIGO TÉCNICO EFICACIÓN

RD CTE 15 marzo incluye Parte 1
Código Técnico de la Edificación. Parte I
Documento Básico HE. Ahorro de energía
Documento Básico HS. Salubridad
Documento Básico SE. Seguridad estructural
Documento Básico SE-A Seguridad estructural - Acero
Documento Básico SE-AE. Seguridad estructural - Acciones en la edificación
Documento Básico SE-C. Seguridad estructural - Cimientos
Documento Básico SE-F. Seguridad estructural - Fábrica
Documento Básico SE-M. Seguridad estructural - Estructuras de Madera
Documento Básico SI. Seguridad en caso de incendio
Documento Básico SU. Seguridad de utilización

Documento Completo ( Advertencia: La descarga puede ser lenta. )

Criterios de aplicación (CSCAE).

nota: pulsando con el boton derecho (Guardar destino como... ) puede descargar los ficheros.

 

Aprobación del CTE.

El viernes 17 de marzo ha sido aprobado por Consejo de Ministros el Código
Técnico de la Edificación en desarrollo de lo preceptuado en la LOE y que:

 Establece los requisitos básicos que han de cumplir los edificios en lo relativo a seguridad y habitabilidad (excluyendo la funcionalidad).
 Proporciona a través de los Documentos Básicos del Código (en adelante DBs.) los procedimientos que aseguran su cumplimiento.

 El Código sustituirá a toda la normativa estatal de obligado cumplimiento en
la edificación (la autonómica o municipal pueden fijar condiciones más restrictivas, pero no menos).

Algunas normas con campos de aplicación más amplios que la edificación tales como las instrucciones EHE y EF, y los reglamentos REBT y RITE coexistirán con el Código y en principio serán referencias externas al mismo.

El CTE entra en vigor al día siguiente de su publicación aunque no será obligatorio en cuanto a la aplicación de los DBs hasta transcurrido un año (marzo 2007) excepto en lo relativo a:

Ahorro de Energía, Seguridad de Utilización e Incendio, que serán obligatorios a los seis meses (septiembre 2006).

El DB de Acústica aún no tiene fecha de publicación por lo que seguirá en vigor la actual normativa.

De conformidad con lo establecido en las disposiciones transitorias su entrada en vigor será de aplicación al día siguiente de su publicación. Con el siguiente régimen de aplicación: a todos los edificios de nueva construcción o reforma; y no será de aplicación a aquellos edificios que se encuentren en trámite de licencia, siempre que se inicien las obras antes de los tres meses de la concesión de la misma.

Atrás


* ¿ya eres usuario?


Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos · Imagen, 4 - 3ª Planta · 41003 Sevilla

 2002 Softcom